DECRETO DEL CONGRESO 21-2012
Se exonera por única vez del pago de todo impuesto que recaiga sobre la Importación e Internación de 10 vehículos automotores tipo ambulancia II, marca Quiroga Trucks, modelo 2012.
DECRETO NÚMERO 21-2012
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Estado debe garantizar la protección de las personas, así como velar por la elevación del nivel de vida de todos los habitantes del País.
CONSIDERANDO:
Que después de examinar las solicitudes y los expedientes presentados por el "Comité Promejoramiento del Cuerpo de Bomberos Municipales", por medio de los cuales certifica sus actividades en beneficio de la población en general, es necesario dotarlo de los equipos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.
CONSIDERANDO:
Que el "Comité Promejoramiento del Cuerpo de Bomberos Municipales", solicitó al Congreso de la República la exoneración del pago de impuestos y de los derechos arancelarios para la importación de 10 ambulancias tipo II y 2 motobombas que faciliten la labor bomberil, puesto que carece de los recursos económicos suficientes para poder cancelar los impuestos referidos.
POR TANTO:
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literal a) de la Constitución Política de la República de Guatemala,
DECRETA:
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