ACTA 48-2012
Se modifican el Reglamento de compras, contrataciones y enajenaciones del Instituto Nacional de Electrificación
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Número 64-94 del Congreso de la República de Guatemala y sus Reformas, Ley Orgánica del Instituto Nacional de Electrificación -INDE-, establece que el mismo, es una entidad estatal, autónoma y descentralizada, que goza de autonomía funcional, patrimonio propio, personalidad jurídica y plena capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones en materia de su competencia. El cual se rige por su Ley Orgánica, disposiciones legales aplicables, reglamentos internos y acuerdos que emita el Consejo Directivo.
CONSIDERANDO:
Que con el fin de agilizar la gestión administrativa de los procesos de compras y contrataciones del Instituto Nacional de Electrificación -INDE-, es necesario modificar los montos para las contrataciones y adquisiciones de bienes y servicios, así como para la eficaz ejecución presupuestaria de la Institución.
CONSIDERANDO:
Que al buscar una mayor participación en los procesos de compras y contrataciones, también se obtiene como resultado una mayor competitividad, que es la base de una economía de libre mercado, lo que obliga al INDE a adecuar sus normas para lograr ese fin; y así obtener los mejores productos y servicios al mejor precio.
POR TANTO:
En ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 16, literales b) y e) de su Ley Orgánica, Decreto Número 64-94 del Congreso de la República de Guatemala y sus Reformas, y en lo resuelto por el Honorable Consejo Directivo del Instituto Nacional de Electrificación -INDE-, en el punto TERCERO del Acta número 48-2012, correspondiente a su sesión celebrada el 12 de julio del 2012.
MODIFICA LOS ARTÍCULOS 1, 3, 9, 11, 12, 13, 14, 15, 17, 22, 23, 33, 49, 50, 60 Y 70 DEL REGLAMENTO DE COMPRAS, CONTRATACIONES Y ENAJENACIONES DEL INSTITUTO NACIONAL DE ELECTRIFICACIÓN -INDE-, Y AGREGA EL ARTÍCULO 38 "TER"; contenidos en las siguientes normas:
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