ACUERDO MINISTERIAL 247-2012
Acuerda las Reformas al Acuerdo Ministerial número 159-2007 de fecha 5 de febrero de 2007.
ACUERDO MINISTERIAL 247-2012
Guatemala, 19 de julio de 2012
EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN
CONSIDERANDO:
Que es deber del Estado garantizar a los habitantes de la República la vida la seguridad, la justicia y el desarrollo integral de la persona y para ello se han creado las instituciones encargadas de la seguridad pública, pero esas instituciones deben contar con el recurso humano necesario para enfrentar a la delincuencia común y crimen organizado.
CONSIDERANDO:
Que la Policía Nacional Civil es la institución encargada de proteger la vida, la integridad física, la seguridad de las personas y sus bienes, el libre ejercicio de los derechos y libertades, así como prevenir, investigar y combatir el delito preservando el orden y la seguridad pública, sujetando su actuación dentro del marco legal y el pleno respeto a los derechos humanos.
CONSIDERANDO:
Que el Régimen Educativo de la Policía Nacional Civil establece el periodo de formación que tendrá una duración mínima de seis meses y la institución policial necesita del recurso humano para dar seguridad ciudadana.
POR TANTO:
En ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 194 incisos a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; artículo 18 de la Ley de la Policía Nacional Civil, Decreto 11-97 del Congreso de la República y Artículos 2 y 30 del Reglamento del Régimen Educativo de la Policía Nacional Civil, Acuerdo Gubernativo número 587-97 de fecha 1 de agosto de 1997.
ACUERDA:
Las siguientes:
REFORMAS AL ACUERDO MINISTERIAL. NÚMERO 159-2007 DE FECHA 05 DE FEBRERO 2007, QUE CONTIENE LA CONVOCATORIA DE INGRESO A LA ACADEMIA DE LA POLICÍA NACIONAL CIVIL, PARA PARTICIPAR EN EL CURSO BASICO DE AGENTES DE POLICÍA NACIONAL CIVIL.
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