ACUERDO MINISTERIAL 110-2012
Se establece el Programa Nacional Sanitario para la prevención, control y erradicación de la enfermedad Encefalopatía Espongiforme Bovina
ACUERDO MINISTERIAL No. 110-2012
Edificio Monja Blanca: Guatemala, 05 de julio de 2012
EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y ALIMENTACIÓN
CONSIDERANDO:
Que es deber fundamental del Estado a través del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, contar con instrumentos legales que regulen acciones, para la planificación y ejecución de programas, campañas de prevención, control y erradicación de enfermedades. Asimismo es urgente e impostergable, ante la globalización de la economía mundial, establecer disposiciones legales a fin de evitar la diseminación de éstas en el territorio nacional.
CONSIDERANDO:
Que corresponde al Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, atender los asuntos relacionados con la producción pecuaria, así como aquellos asuntos que tienen por objeto mejorar las condiciones alimenticias de la población, siendo de estricto interés del Estado y de Interés general, la sanidad agropecuaria y el desarrollo productivo nacional, coadyuvando al país a elevar el nivel de competitividad.
POR TANTO:
En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 194 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 22, 27 y 29 de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto número 114-97, del Congreso de la República y sus reformas; 1, 2, 6 de la Ley de Sanidad Vegetal y Animal, Decreto número 36-98, 45 del Reglamento de la Ley de Sanidad Vegetal y Animal, Acuerdo Gubernativo número 745-99; 4, 7,14, 15 del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Acuerdo Gubernativo número 338-2010.
ACUERDA:
ESTABLECER EL PROGRAMA NACIONAL SANITARIO PARA LA PREVENCIÓN, CONTROL Y ERRADICACIÓN DE LA ENFERMEDAD ENCEFALOPATÍA ESPONGIFORME BOVINA
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