ACUERDO  24-2012

Se modifica el primer párrafo de los artículos 13 y 14 del Acuerdo 12-2012, en sentido que el inicio de la competencia de los juzgados y tribunales penales de delitos de femicidio, será a partir de agosto.

ACUERDO NÚMERO 24-2012

CONSIDERANDO:

Que es facultad de la Corte Suprema de Justicia emitir las disposiciones que estime pertinentes para hacer efectivo el funcionamiento de cada uno de los órganos jurisdiccionales creados; en tal virtud se hace necesario modificar el plazo para que inicien funciones los órganos jurisdiccionales creados mediante Acuerdo 12-2012 de esta Corte, por lo que debe de emitirse las disposiciones legales correspondientes.

POR TANTO:

Con base en lo considerado y lo que preceptúan los artículos 203 y 205 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 51, 52, 54 literales a) y f) 57 58 de la Ley del Organismo Judicial.

ACUERDA:

 
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