ACUERDO  30-2012

Acuerda Reformar el Reglamento Interno de Trabajo, del Registro Nacional de las Personas RENAP.

*Queda derogado por el ACUERDO DE DIRECTORIO NÚMERO 51-2014


ACUERDO DE DIRECTORIO No. 30-2012


DIRECTORIO DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS -RENAP-


CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 1 del Decreto número 90-2005 del Congreso de la República de Guatemala y sus reformas, Ley del Registro Nacional de las Personas, se crea el Registro Nacional de las Personas -RENAP-, como una entidad autónoma, de derecho público, con personalidad jurídica, patrimonio propio y plena capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones:


CONSIDERANDO:

Que el artículo 20. literal f) de la ley citada, establece que son funciones del Director Ejecutivo, someter para su aprobación al Directorio, los reglamentos internos y sus modificaciones, incluyendo aquellos que desarrollen jerárquicamente su estructura organizacional y funcional, así como su régimen laboral de contrataciones y remuneraciones.


CONSIDERANDO:

Que es necesario adecuar la disposición contenida en el artículo 25 del Acuerdo de Directorio Número 33-2009, que contiene el Reglamento Interno de Trabajo, del Registro Nacional de las Personas, para adecuarlo a los sistemas utilizados actualmente por la Dirección de Capacitación, los cuales se han implementado para beneficiar a los trabajadores del RENAP, respecta de la forma de dejar constancia de los salarios ordinarios, extraordinarios y prestaciones, así como los descuentos establecidos legalmente.


POR TANTO:

Con base en lo considerado, normas citadas y en lo que para el efecto establecen los artículos 1, 2 y 20 literal f) del Decreto Número 90-2005 del Congreso de la República de Guatemala y sus reformas. Ley del Registro Nacional de las Personas, el Directorio del Registro Nacional de las Personas -RENAP-,


ACUERDA:

 
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