ACTA 35-2012.13
Acuerda prohibir la instalación de plaquetas o reconocimientos que plasmen la ejecución de obras municipales, que no sean propias de mejoras o edificaciones del propio Edificio Municipal.
ACTA NÚMERO 35-2012 PUNTO DÉCIMO TERCERO
La Infrascrita Secretaria Municipal del municipio de Salcajá, departamento de Quetzaltenango:
CERTIFICA:
Que tiene a la vista el libro de Actas de Sesiones del Concejo Municipal número 4561-2,011, autorizado por Contraloría General de Cuentas, Quetzaltenango, con fecha veintiséis de abril de dos mil once, en el que aparece el punto DECIMO TERCERO: Del Acta número Treinta y Cinco Guión Dos Mil Doce (35-2,012), de fecha diecisiete de abril de dos mil doce y que copiado su punto conducente preceptúa.
DECIMO TERCERO: El Doctor Javier Antonio Soto Santizo Concejal Cuarto, propone a los miembros del Honorable Concejo Municipal que se prohiba la colocación de plaquetas o reconocimientos que plasmen la ejecución de obras municipales, que no sean propias de mejoras o edificaciones del propio Edificio Municipal, tomando en cuenta que anteriores Corporaciones Municipales, han colocado todo tipo de plaquetas de obras totalmente ajenas al Edificio Municipal. Por lo que los miembros del Concejo Municipal ratifican la propuesta presentada por el señor Concejal Cuarto. POR TANTO: El Concejo Municipal en base a lo considerado luego de deliberar y con la facultad que le confiere el artículo 35 inciso a) del código municipal por unanimidad de votos. ACUERDA:
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