ACUERDO MINISTERIAL  141-2012

Se reconoce la personalidad jurídica y se aprueban las bases constitutivas de la FUNDACIÓN ADOLFINA CASTAÑEDA


ACUERDO MINISTERIAL NUMERO 141-2012

Guatemala, 11 de abril de 2012


EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN


CONSIDERANDO:

Que la Presidenta del Consejo Directivo Provisional de la Fundación denominada FUNDACIÓN ADOLFINA CASTAÑEDA, solicitó a este Ministerio, el reconocimiento de la personalidad jurídica y la aprobación de los estatutos de su representada.


CONSIDERANDO:

Que el artículo 34 de la Constitución Política de la República de Guatemala, reconoce el derecho de libre asociación y que nadie está obligado a asociarse ni a formar parte de grupos o asociaciones de autodefensa o similares, exceptuando únicamente el caso de la colegiación profesional.


CONSIDERANDO:

Que el instrumento público en que consta el acto constitutivo y los estatutos de la fundación, cumple con los requisitos de Ley y las directrices dictadas por este Ministerio, y contándose con la opinión favorable de la Dirección de Asuntos Jurídicos de este Ministerio y Visto Bueno de la Procuraduría General de la Nación, es procedente emitir la disposición Ministerial correspondiente.


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 literal m) y 36 literal b) de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto Número 114-97 del Congreso de la República y sus reformas; y, 4 y 7 numeral 4 del Acuerdo Gubernativo 635-2007, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Gobernación; y, con fundamento en los artículos 15 numeral 2, 20 y 31 segundo párrafo del Código Civil, Decreto Ley 106 y sus reformas; 8 del Acuerdo Gubernativo número 512-98 de fecha veintinueve de julio del año mil novecientos noventa y ocho; y artículo 3 del Acuerdo Gubernativo número 515-93 de fecha seis de octubre del año mil novecientos noventa y tres (1993).


ACUERDA:

 
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