ACUERDO GUBERNATIVO 65-2012
Reglamento de la Ley para la Maternidad Saludable
ACUERDO GUBERNATIVO No. 65-2012
Guatemala, 29 de marzo de 2012
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Estado garantiza y protege la vida humana desde su concepción, así como la integridad y la seguridad de la persona; que la maternidad tiene la protección del Estado, el que velará en forma especial por el estricto cumplimiento de los derechos y obligaciones que de ella deriven y que el goce de la salud es un derecho fundamental del ser humano, sin discriminación alguna;
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Número 32-2010 del Congreso de la República se emitió la Ley para la Maternidad Saludable, cuyo objeto es la creación de un marco jurídico que permita implementar los mecanismos necesarios para mejorar la salud y calidad de vida de las mujeres y del recién nacido, y promover el desarrollo humano, a través de asegurar la maternidad de las mujeres, mediante el acceso universal, oportuno y gratuito a información oportuna, veraz y completa y servicios de calidad antes y durante el embarazo, parto o posparto, para la prevención y erradicación progresiva de la mortalidad materna-neonatal, de lo que procede emitir el reglamento de la ley, para su estricto cumplimiento;
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo 183 literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en el Articulo 30 del Decreto Número 32-2010 del Congreso de la República, Ley para la Maternidad Saludable,
ACUERDA:
Emitir el siguiente:
REGLAMENTO DE LA LEY PARA LA MATERNIDAD SALUDABLE
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
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