ACUERDO MINISTERIAL  126-2012

Acuerda el Normativo para Designar a Representantes y Suplentes de Organizaciones de Trabajadores y Empleadores para que participen en Comisiones Nacionales e Internacionales.


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 126-2012

Guatemala, 03 de abril de 2012


EL MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL


CONSIDERANDO

Que los Convenios 87 de la Organización Internacional del Trabajo, denominado Convenio sobre la Libertad Sindical y la Protección del Derecho de Sindicación; y el Convenio 98 de la Organización Internacional de Trabajo, Convenio sobre el Derecho de Sindicación y de Negociación Colectiva, fueron ratificados por Guatemala el día trece de febrero del año mil novecientos cincuenta y dos.


CONSIDERANDO

Que conforme a la recomendación número 17 de la Recopilación de Decisiones del Comité de Libertad Sindical, establecidos en los Convenios 87 y 98 de la Organización Internacional del Trabajo, se establece la participación de las organizaciones de trabajadores y de empleadores en distintos organismos y procedimientos,


CONSIDERANDO

Que en un ambiente de verdadera democracia, debe formalizarse la elección de representantes de Organizaciones de empleadores y trabajadores, a efecto que sea transparente la decisión de designación de tales organizaciones a distintas comisiones nacionales e internacionales en donde deban participar a través de un procedimiento establecido,


POR TANTO

En el ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 194 inciso a) de la Constitución Política de la República de Guatemala; Artículos 27, inciso m) y 40 inciso b) del Decreto 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo.


ACUERDA:

Dictar el siguiente:


NORMATIVO PARA DESIGNAR A REPRESENTANTES Y SUPLENTES DE ORGANIZACIONES DE TRABAJADORES Y EMPLEADORES PARA QUE PARTICIPEN EN COMISIONES NACIONALES E INTERNACIONALES.

 
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