ACUERDO GUBERNATIVO  5-2012

Acuerda desmembrar a favor del Estado una fracción de terreno de 57,857.09 metros cuadrados, ubicada en la Diagonal 2 y 37 avenida esquina, zona 8 , municipio y departamento de Quetzaltenango.


ACUERDO GUBERNATIVO No. 5-2012

Guatemala, 6 de enero del 2012


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que son bienes del Estado, entre otros, los de dominio público. Asimismo, al Ministerio de Finanzas Públicas le corresponde cumplir y hacer cumplir todo lo relativo al régimen jurídico hacendario del Estado, incluyendo el registro y control de los bienes que constituyen el patrimonio del Estado.


CONSIDERANDO

Que la Dirección de Bienes del Estado a través del expediente D-2257-2009, opinó de manera favorable la desmembración a favor del Estado y su adscripción al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, de una fracción de terreno de 57,857.09 metros cuadrados que forma parte de la finca rústica inscrita en el Segundo Registro de la Propiedad bajo el número 53879, folio 54 del libro 278 de Quetzaltenango, propiedad del Estado, en virtud que será para que siga funcionando el Hospital Nacional de Occidente, ubicado en el municipio y departamento de Quetzaltenango; en consecuencia, resulta conveniente emitir la disposición legal correspondiente, la cual es de estricto interés del Estado.


POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confiere el articulo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en los artículos 27 literales i) y j); y 35 literal m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo.


ACUERDA

 
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