ACUERDO GUBERNATIVO  502-2011

Se aprueba la Política de Seguridad Vial formulada por el Ministerio de Gobernación


ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 502-2011

Guatemala, 22 de diciembre de 2011


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA


CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala declara como deber del Estado, garantizar la seguridad y el desarrollo integral de la persona en un marco de igualdad de todos los seres humanos; y le atribuye al Presidente de la República la función de coordinar la política de desarrollo de la Nación con el fin de organizar jurídica y políticamente al Estado.


CONSIDERANDO:

Que una causa significativa de muerte y lesiones entre la población económicamente activa en el país, la constituyen los accidentes de tránsito, lo cual genera consecuencias negativas en el campo social y económico en el país, Le corresponde al Ministerio de Gobernación planificar, dirigir, administrar y controlar el tránsito en todo el territorio nacional, así como diseñar, dirigir y coordinar el plan y sistema nacional de educación vial.


POR TANTO:

En el ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 en sus literales a), b), e)y m) de la Constitución de la República de Guatemala, y con fundamento en los artículos 1°, 2°, 5°, 6, 7, 16, 17 a) y c), 22, 23, 27 incisos a), b), c), e) y j), y 36 de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto 114-97 del Congreso de la República; artículos 1,4 y 5 literales a) y j) de la Ley de Tránsito, Dto. No. 132-96.


EN CONSEJO DE MINISTROS


ACUERDA:

 
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