ACUERDO MINISTERIAL 3599-2011
Se aprueba la concreción de la planificación curricular regional de pueblo Maya, nivel de educación media, ciclo básico
ACUERDO MINISTERIAL No. 3599-2011
Guatemala, 22 de diciembre de 2011
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política de la República de Guatemala establece el derecho de las personas y de las comunidades a su identidad cultural; así mismo, reconoce, respeta, promueve sus formas de vida, tradiciones y formas de organización social, de acuerdo a sus valores, su lengua y sus costumbres, y que en las escuelas establecidas en zonas de predominante población indígena, la enseñanza deberá impartirse preferentemente en forma bilingüe.
CONSIDERANDO:
Que, la Ley de Educación Nacional garantiza la educación en las lenguas vernáculas en las zonas de población indígena y que ésta será preeminente en cualquiera de los niveles y áreas de estudio. Así mismo, la Ley de Idiomas Nacionales establece que es responsabilidad del Organismo Ejecutivo y sus instituciones, la ejecución efectiva de la política de fomento, reconocimiento, desarrollo y utilización de los idiomas mayas, garífuna y xinka en el sistema educativo, en virtud de ser de interés del Estado.
CONSIDERANDO:
Que, el Convenio 169 "Sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes" de la Organización Internacional del Trabajo -OIT-, ratificado por el Estado de Guatemala, establece el derecho de los pueblos indígenas a una educación que incluye estudios de sus historias, culturas, idiomas y artes en todos los niveles del sistema educativo, para que la misma responda a las necesidades, intereses, aspiraciones sociales, económicas, culturales y educativas en el marco de su cosmovisión.
CONSIDERANDO:
Que, el Acuerdo Ministerial No. 178-2009 de fecha 30 de enero de 2009, que autoriza el Curriculum Nacional Base, para el Nivel de Educación Media, Ciclo Básico, determina que el proceso de la concreción curricular, debe realizarse en tres instancias o niveles: Nacional, por región (pueblos y comunidades sociolingüisticas) y local; proceso que se articulará e integrará en el componente curricular del Proyecto Educativo Institucional -PEI- de cada centro educativo.
CONSIDERANDO:
Que, la Dirección General de Curriculo del Ministerio de Educación ha emitido el Dictamen Técnico Curricular favorable del Nivel de Educación Media, Ciclo Básico No. 01/JNMCB-2011 del pueblo maya.
POR TANTO:
En ejercicio de las facultades que le confiere los artículos 194, literal a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27, literales a), c) y m) y 33, del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; 33, inciso c) del Decreto No. 12-91 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Educación Nacional; 10 y 35 del Acuerdo Gubernativo Número 225-2008, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Educación.
ACUERDA:
APROBAR LA CONCRECIÓN DE LA PLANIFICACIÓN CURRICULAR REGIONAL DEL PUEBLO MAYA, NIVEL DE EDUCACIÓN MEDIA, CICLO BÁSICO
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