PUBLICACIONES VARIAS  16-12-2011

El Registro de Asociaciones de Vecinos y otras formas de Organización Comunitaria, de la Municipalidad de San Luis, departamento de Petén


HONORABLE CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS, DEPARTAMENTO DE PETEN,

CONSIDERANDO: Que corresponde al Concejo Municipal, la deliberación y decisión del gobierno y administración del municipio, estando facultado para emitir las Ordenanzas y Reglamentos en el logro eficaz y cumplimiento de sus fines CONSIDERANDO: Que de acuerdo con lo dispuesto en la Constitución Política de la República de Guatemala en su artículo 34 se reconoce el derecho de libre Asociación. CONSIDERANDO Que de conformidad con el artículo 102 del Decreto número 90-2005 del Congreso de la República, que contiene la Ley del Registro Nacional de las Personas, reformado por los Decretos número 31-2006 y 1-2007 emitidos por ese mismo Organismo, establece que el registro, autorización e inscripción de las asociaciones de Vecinos, Asociaciones Comunitarias para el Desarrollo, Asociaciones de las comunidades de los Pueblos Indígenas, Organizaciones de los Consejos Municipales de Desarrollo -COMUDES- Consejos Comunitarios de Desarrollo Rural -COCODES- Juntas Escolares Comités Educativos -COEDUCAS- y las Juntas Escolares, se inscriban ante la Municipalidad que les corresponda CONSIDERANDO: Que de conformidad con el último párrafo de artículo 1 del Decreto número 1-2007 del Congreso de la República de Guatemala, el Concejo Municipal implementará los procedimientos y mecanismos necesarios para asentar las inscripciones y realizar los Registros de las personas Jurídicas a que hace referencia el considerando anterior, debiéndose nombrar al Funcionario Municipal que se responsabilice de la recepción, análisis de la documentación, inscripción y registro de dichas Personas Jurídicas, por lo que se hace necesario emitir las disposiciones legales que en derecho corresponde. POR TANTO: Con base en lo considerado y en lo que para el efecto establecen los artículos, 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 3, 5, 9, 18, 19, 20, 21, 33 y 35 a) del Código Municipal,


ACUERDA

Autorizar:


EL REGISTRO DE ASOCIACIONES DE VECINOS Y OTRAS FORMAS DE ORGANIZACIÓN COMUNITARIA, DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS, DEPARTAMENTO DE PETEN.

 
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