ACUERDO GUBERNATIVO 405-2011
Acuerda aprobar la Política Pública de Desarrollo Integral de la Primera Infancia, formulada por la Secretaría de Bienestar Social de la Presidencia de la República.
*Derogado en su totalidad por el Acuerdo Gubernativo 61-2024
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 405-2011
Guatemala, 3 noviembre 2011
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Estado de Guatemala se organiza para proteger a la persona y a la familia, siendo su fin supremo la realización del bien común, y que es su deber garantizar a los habitantes de la República la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona.
CONSIDERANDO
Que la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia, establece que el Estado está obligado a promover y adoptar las medidas necesarias para proteger a la familia, logrando el desarrollo integral y sostenible de la niñez guatemalteca, dentro de un marco democrático. Por lo que es necesario emitir una Política Pública de Desarrollo Integral de la Primera Infancia que sirva de instrumento para coordinar la función institucional en materia de protección de la niñez.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en los artículos 16 y 17 literal a) de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto número 114-97 del Congreso de la República; 4 y 5 de la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia, Decreto número 27-2003 del Congreso de la República.
EN CONSEJO DE MINISTROS
ACUERDA
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