ACUERDO MINISTERIAL  451-2011

Se acuerda la Comisión de Libre Comercio, establecida bajo la Sección del Capítulo 19.1 del Tratado Libre Comercio, suscrito entre República Dominicana, Centro América y Estados Unidos


ACUERDO MINISTERIAL No. 451-2011

Guatemala, 21 de noviembre del 2011


EL VICEMINISTRO DE INTEGRACIÓN Y
COMERCIO EXTERIOR ENCARGADO DEL DESPACHO


CONSIDERANDO:

Que por medio del Decreto número 31-2005 del Congreso de la República, se aprobó el Tratado de Libre Comercio República Dominicana- Centroamérica - Estados Unidos de América, suscrito en la Ciudad de Washington, D.C, Estados Unidos de América el cinco de agosto del año dos mil cuatro, ratificado por el Presidente de la República el ocho de agosto de dos mil cinco y cobrando vigencia para Guatemala el uno de julio del año dos mil seis.


CONSIDERANDO:

Que de conformidad a lo que establece el Tratado en referencia en el Capítulo Diecinueve, sección A, Administración del Tratado, la Comisión de Libre Comercio adoptó dos decisiones relacionadas con este Tratado, por lo que el Ministerio de Economía, en estricto interés del Estado de Guatemala, en aras de transparentar estas decisiones y darlas a conocer a la población en general para su observancia, estima necesario emitir el presente Acuerdo.


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le asignan los artículos 27 literal m) y 32 literales c) y e) de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto 114-97 del Congreso de la República,


ACUERDA:

 
...
Consultas:
  • Buscado: 9,472 veces.
  • Ficha Técnica: 130 veces.
  • Imagen Digital: 130 veces.
  • Texto: 125 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 18 veces.
  • Formato Word: 22 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu