ACUERDO MINISTERIAL  367-2011

Acuerda reconocer la personalidad jurídica y aprobar las bases constitutivas de la Iglesia denominada IGLESIA MOVIMIENTO EVANGÉLICO MISIONERO EL APOCALIPSIS.


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 367-2011

Guatemala, 11 de octubre de 2011


EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN


CONSIDERANDO:

Que la persona autorizada en la Escritura Pública de Constitución, de la Iglesia denominada "IGLESIA MOVIMIENTO EVANGÉLICO MISIONERO EL APOCALIPSIS", con sede en el municipio de San Andrés Itzapa, Cantón San Lorenzo, departamento de Chimaltenango, se presentó a este Ministerio solicitando el reconocimiento de la personalidad jurídica y aprobación de bases constitutivas de su representada.


CONSIDERANDO:

Que el artículo 36 de la Constitución Política de la República de Guatemala, reconoce que el ejercicio de todas las religiones es libre. Que toda persona tiene derecho a practicar su religión o creencia, tanto en público como en privado, por medio de la enseñanza, el culto y la observancia, sin más límites que el orden público y el respeto debido a la dignidad de la jerarquía y a los fieles de otros credos.


CONSIDERANDO:

Que el instrumento público en que constan las bases constitutivas de la Iglesia denominada "IGLESIA MOVIMIENTO EVANGÉLICO MISIONERO EL APOCALIPSIS", cumple con los requisitos de Ley y las directrices dictadas por este Ministerio, y contándose con la opinión favorable de la Dirección de Asuntos Jurídicos de este Ministerio y Visto Bueno de la Procuraduría General de la Nación, es procedente emitir la disposición Ministerial correspondiente.


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 37, 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 literal m) y 36 literal b) de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto número 114-97 del Congreso de la República y sus reformas; 4 y 7 numeral 4 del Acuerdo Gubernativo 635-2007 del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Gobernación; y, con fundamento en los artículos 15 numeral 1º y 31 segundo párrafo del Código Civil, Decreto Ley 106 y sus reformas; y, Acuerdo Gubernativo número 263-2006, Disposiciones para la Obtención del Reconocimiento de la Personalidad Jurídica de las Iglesias Evangélicas.


ACUERDA:

 
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