ACUERDO MINISTERIAL 102-2011
Acuerda emitir el CÓDIGO DE ETICA DEL MINISTERIO DE FINANZAS PÚBLICAS.
*Derogado por el Acuerdo Ministerial 438-2019 de fecha 22-10-2019
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 102-2011
Guatemala, 26 de septiembre de 2011
CONSIDERANDO
Que el Ministerio de Finanzas Públicas consciente de los compromisos que Guatemala ha adquirido como Estado Parte de la Convención Interamericana contra la Corrupción y la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción, debe incorporar los lineamientos que las mismas establecen para un adecuado cumplimiento de la función pública con los principios fundamentales que promuevan entre otras cosas, la integridad, honestidad y la responsabilidad de sus colaboradores públicos.
CONSIDERANDO
Que el Ministerio de Finanzas Públicas, como dependencia del Organismo Ejecutivo, es el órgano rector y responsable de todo lo relativo al régimen jurídico hacendario del Estado, incluyendo la recaudación y administración de los ingresos fiscales, la gestión de financiamiento interno y externo, la ejecución presupuestaria y registro, control y administración de los bienes que constituyen el patrimonio del Estado.
CONSIDERANDO
Que las atribuciones, funciones y actividades públicas que realizan las autoridades, funcionarios, empleados y todo colaborador del Ministerio de Finanzas Públicas requieren de un alto grado de exigencia y especialidad, que debe conjugarse con el profesionalismo y comprensión de la responsabilidad adquirida, lo cual sólo es posible dentro de un marco de actuación ética a fin de asegurar la calidad del servicio público prestado, tanto de manera individual, colectiva e institucional.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 194 literales a) y b) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en el artículo 27 literal m) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo, y el artículo 9, numerales 2, y 4, del Acuerdo Gubernativo 394-2008, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Finanzas Públicas, aprueba el siguiente:
CÓDIGO DE ÉTICA DEL MINISTERIO DE FINANZAS PÚBLICAS
CAPÍTULO I
VALORES Y PRINCIPIOS
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