ACTA  29-2011.9

Acuerda aprobar la Aclaración en lo que dice en letras cero siete nueve guión dos mil once, siendo lo correcto cero nueve guión dos mil once, todo lo demás queda vigente, del Acuerdo de la Municipalidad de Fraijanes, Guatemala.


ACTA NÚMERO 29-2011 PUNTO RESOLUTIVO NOVENO


El INFRANSCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE FRAIJANES, MUNICIPIO DEL DEPARTAMENTO DE GUATEMALA.


CERTIFICA:

Que para el efecto tiene a la vista el Libro de Actas de Sesiones Públicas Ordinarias y Extraordinarias que celebra el Honorable Concejo Municipal de Fraijanes, número: L2 9523 autorizado por la contraloría general de Cuentas, el veintiuno de abril del año dos mil ocho, con número de cuentadancia, T tres guión uno guión trece (T3-1-I3), en el que se encuentra el acta número veintinueve guión dos mil once (29-2,011), de fecha martes tres de mayo del año dos mil once, cuyo punto resolutivo NOVENO, literalmente establece:

NOVENO: La Honorable Corporación Municipal de Fraijanes, del Departamento de Guatemala.


CONSIDERANDO:

El Honorable Concejo Municipal, que al momento de la digitación en el sistema de computo, se consigno el número de acta, en lo que dice en letras cero siete nueve guión dos mil once, siendo lo correcto cero nueve guión dos mil once, el acta en mención fue publicada el día martes quince de marzo del año dos mil once, en la pagina número ocho del diario de Centro América, por lo que es necesario hacer la aclaración en cuanto al número del acta en lo consignado en letras, es el cero nueve guión dos mil once, del acuerdo aprobado por el Honorable Concejo Municipal, de la municipalidad de Fraijanes, todo lo demás queda vigente, por lo que deberá publicarse en el diario de Centro América lo más pronto posible y hacer la aclaración correspondiente.


CONSIDERANDO:

Que el Concejo Municipal es el órgano colegiado superior de deliberación y de decisión de los asuntos municipales cuyos miembros son solidaria y mancomunadamente responsables por la toma de decisiones y tiene su sede en la cabecera de la circunscripción Municipal. El gobierno Municipal corresponde al Concejo Municipal, el cual es responsable de ejercer la autonomía del municipio. Se integra por el Alcalde, los síndicos y los concejales, lodos electos directa y popularmente en cada Municipio de conformidad con la ley de la Materia.


POR TANTO:

Con base en lo considerado y expuesto, facultados en lo que para el efecto establece el Decreto doce guión dos mil dos (12-2002) del Congreso de la República de Guatemala, al deliberar y resolver, por unanimidad.


ACUERDA:

 
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