ACUERDO GUBERNATIVO 278-2011
Se adscribe a favor del Ministerio de Salúd Pública y Asistencia Social, la finca urbana ubicada en la 5a. avenida 13-27, zona 9, ciudad de Guatemala
ACUERDO GUBERNATIVO No. 278-2011
Guatemala, 22 de agosto del 2011
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que son bienes del Estado, entre otros, los de dominio público. Asimismo, al Ministerio de Finanzas Públicas, le corresponde, cumplir y hacer cumplir todo lo relativo al régimen jurídico hacendario del Estado, incluyendo el registro y control de los bienes que constituyen el patrimonio del Estado.
CONSIDERANDO
Que la Dirección de Bienes del Estado a través del expediente M-1316-2009, opinó de manera favorable la adscripción a favor del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, de la finca urbana inscrita en el Registro General de la Propiedad de la Zona Central bajo el número 2948, folio 94 del libro 412 de Guatemala, propiedad del Estado, en virtud que será para el funcionamiento de la Ventanilla de Servicios de Alimentos y Medicamentos; en consecuencia, resulta conveniente emitir la disposición legal correspondiente.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en los artículos 27 literales i) y j); y 35 literal m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo.
ACUERDA
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