ACTA 31-2011.1
Acuerda aprobar el Reglamento de Urbanismo y Construcción aplicable en el Municipio de Barberena, del departamento de Santa Rosa.A
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE BARBERENA DEL DEPARTAMENTO DE SANTA ROSA:
CONSIDERANDO:
Que el Código Municipal en su artículo 23 reformado por el artículo 3 del Decreto Legislativo 22-2010 expresa que para las formas de ordenamiento territorial municipal establecidas, se deberá contar con Licencia municipal. Así mismo, en el Artículo 35 literal i) señala como competencia general del Concejo Municipal; la emisión y aprobación de acuerdos, reglamentos y ordenanzas municipales.
CONSIDERANDO
Que el Código Municipal en sus articulas 142 y 147 reformados por los artículos 46 y 47 del Decreto Legislativo 22-2010, expresa, que para toda forma de desarrollo urbano o rural que se pretenda realizar, las personas individuales o jurídicas deberán contar con la aprobación y autorización de la municipalidad en cuya circunscripción se localicen, debiendo contar para ello con licencia municipal.
CONSIDERANDO
Que la ley de parcelamientos urbanos Decreto 1427 - 1961 y la ley preliminar de urbanismo Decreto Presidencial número 583 - 1956 facultan a las municipalidades para velar por el cumplimiento de las normativas de desarrollo urbano y rural
POR TANTO
En base a lo considerado y leyes citadas, este Concejo Municipal:
ACUERDA
Aprobar el siguiente reglamento de urbanismo y construcción aplicable en el municipio de Barberena del Departamento de Santa Rosa.
CAPITULO I
GENERALIDADES
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