ACUERDO GUBERNATIVO  234-2011

Acuerda aprobar la disminución del Presupuesto de Ingresos del Instituto técnico de Capacitación y Productividad (Intecap) para el Ejercicio Fiscal 2011.


ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 234-2011

Guatemala, 15 de julio del 2011


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,


CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República en el artículo 237, establece que el Presupuesto de Ingresos y Egresos del Estado, aprobado para cada ejercicio fiscal, de conformidad con lo establecido en la misma, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible destinado exclusivamente a cubrir sus egresos;


CONSIDERANDO:

Que el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto y su Reglamento, establece en el Articulo 41 del citado Decreto que "las modificaciones de la ejecución de los presupuestos de las entidades descentralizadas con excepción de las autónomas, que impliquen la disminución de los resultados económicos y financieros previstos, o la alteración sustancial de la inversión programada o el incremento del endeudamiento autorizado, deben ser analizados y decididos por el Organismo Ejecutivo, oída la opinión del Ministerio de Finanzas Públicas";


CONSIDERANDO:

Que el Instituto Técnico de Capacitación y Productividad (Intecap), solicitó al Ministerio de Finanzas Públicas disminuir su Presupuesto de Ingresos y Egresos para el presente ejercicio fiscal por el monto de Q.28,308,000.00, con el objeto de igualar la asignación programada como aporte a dicho Instituto, en la entidad Obligaciones del Estado a Cargo del Tesoro, toda vez que fue cedido tal espacio presupuestario al Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, mediante Acuerdo Gubernativo de Presupuesto Número 3-2011 de fecha 01 de marzo de 2011.


CONSIDERANDO:

Que al tenor de lo preceptuado en el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículo 29, las autoridades del Instituto Técnico de Capacitación y Productividad (Intecap), serán autorizadores de egresos en cuanto a su respectivo presupuesto, por lo que, queda bajo su responsabilidad la disminución presupuestaria propuesta;


CONSIDERANDO:

Que se han cumplido los requisitos legales correspondientes, y tomando en consideración el Dictamen Número 365 de fecha 1 5 JUN. 2011, de la Dirección Técnica del Presupuesto, y la Resolución Número 259, de fecha 16/06/2011, emitida por el Ministerio de Finanzas Públicas;


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183, literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala; lo que preceptúa el artículo 41 del Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, y artículo 25 del Acuerdo Gubernativo Número 240-98, Reglamento de la citada Ley;


ACUERDA:

 
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