ACUERDO GUBERNATIVO 193-2011
Acuerda Reformar el Acuerdo Gubernativo Número 38-2011 de fecha 8 de febrero de 2011.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 193-2011
Guatemala, 16 de junio del 2011
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Estado debe velar y garantizar el derecho a la alimentación y nutrición de su población, logrando un sistema alimentario nacional efectivo, a través de la coordinación de las instituciones especializadas del Estado, creando acciones que se encaminen a tal propósito.
CONSIDERANDO:
Que derivado de la necesidad de la población guatemalteca, en cuanto al abastecimiento de algunos productos esenciales en su alimentación, ante el efecto de los desastres naturales del año 2010, el Estado de Guatemala adoptó el Acuerdo Gubernativo Número 38-2011, que autorizó la importación del contingente arancelario de maíz blanco para el año 2011, emitido en forma temporal por un período de 90 días, el cual se vence el 21 de junio de 2011.
CONSIDERANDO:
Que las causas que motivaron la adopción del contingente arancelario de maíz blanco todavía persisten y que el Estado de Guatemala debe garantizar el efectivo abastecimiento de ese producto al consumidor guatemalteco, a nivel nacional, por lo que se deben tomar las acciones necesarias para garantizar el adecuado abastecimiento del mercado nacional, debiendo ampliarse el plazo de vigencia del Acuerdo Gubernativo No. 38-2011.
POR TANTO:
En el ejercicio de las funciones que le asigna el Artículo 183, literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala.
ACUERDA:
REFORMAR EL ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 38-2011 DE FECHA 8 DE FEBRERO DE 2011
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