ACTA 11-2011.16
Acuerda emitir el Reglamento de Mantenimiento de Ríos, Quebradas y Afluentes de Agua del Municipio de Estancuela, Departamento de Zacapa.
ACTA NÚMERO 11-2011 PUNTO DÉCIMO SEXTO
LA INFRASCRITA SECRETARIA MUNICIPAL DE ESTANZUELA, DEL DEPARTAMENTO ZACAPA
CERTIFICA:
Que para el efecto ha tenido a la vista el libro de Actas de Sesiones del Concejo Municipal No. 08, en donde se encuentra asentada el Acta número: 11-2011 de fecha tres de marzo de dos mil once, que en su punto DECIMO SEXTO literalmente dice:
DECIMO SEXTO: Los miembros del Concejo Municipal previa deliberación y de manera unánime APRUEBAN el REGLAMENTO DE MANTENIMIENTO DE RÍOS, QUEBRADAS Y AFLUENTES DE AGUA DEL MUNICIPIO DE ESTANZUELA, DEPARTAMENTO DE ZACAPA. CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo: 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala, existe la Autonomía Municipal, y entre las funciones de la misma, se encuentra la creación de ordenanzas y reglamentos que requiera para el desempeño de sus funciones y el cumplimiento de sus disposiciones. Así mismo el artículo 35 numeral "I", del Código Municipal, regula también la emisión y aprobación de acuerdos, ordenanzas y reglamentos municipales.
CONSIDERANDO:
Que el mal manejo de los drenajes y de los desechos de los particulares, la contaminación de los afluentes de agua, así como el deterioro de la naturaleza, y cuando se han incrementado las lluvias, son causa de desbordamientos, inundaciones y destrucción al medio ambiente y a la propiedad privada, así como el asolamiento de los afluentes de agua, haciéndose necesario realizar mantenimiento de los cauces de las quebradas y afluentes de agua, para proteger la seguridad de las personas particulares, sus bienes y los bienes de propiedad municipal.
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario regular mediante un reglamento los trabajos para mitigar y corregir los desastres naturales y daños provocados por el hombre y por la naturaleza, en los afluentes de agua, y regular también las situaciones de conflicto entre la municipalidad y los particulares y personas jurídicas, así como plantear sanciones en caso de violación al presente reglamento, y la remisión de denuncias ante autoridades judiciales, de igual manera la solución de conflictos, considerando que los proyectos que se realizan por parte de la Municipalidad de Estanzuela, contando con el aval de las instituciones necesarias y los estudios del caso, son de utilidad y necesidad públicas.
POR TANTO:
De conformidad con las normas constitucionales y ley municipal citada, Acuerda, emitir el siguiente:
REGLAMENTO DE MANTENIMIENTO DE RÍOS, QUEBRADAS Y AFLUENTES DE AGUA DEL MUNICIPIO
DE ESTANZUELA, DEPARTAMENTO DE ZACAPA
Capítulo I.
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