ACUERDO GUBERNATIVO  50-2011

Acuerda Reformar el Acuerdo Gubernativo número 448-2006, de fecha 24 de agosto de 2006.


ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 50-2011

Guatemala, 17 de febrero del 2011



El Presidente de la República,


CONSIDERANDO:

Que constitucionalmente es obligación fundamental del Estado promover el desarrollo económico de la Nación, estimulado la iniciativa en actividades agrícolas, pecuarias, industriales, turísticas y de otra naturaleza; velar por mejorar el nivel de vida de todos los habitantes del país, procurando el bienestar de la familia; fomentar con prioridad la construcción de viviendas populares, mediante sistemas de financiamiento adecuados a efecto que el mayor número de familias guatemaltecas las disfruten en propiedad; dar al campesino y al artesano asistencia económica; proporcionar y facilitar educación a sus habitantes sin discriminación alguna; y, en general, realizar un programa nacional de desarrollo integral.


CONSIDERANDO:

Que mediante Acuerdo Gubernativo Número 448-2006, emitido el 24 de agosto de 2006, se creó el FONDO NACIONAL DE DESARROLLO -FONADES- cuya ejecución se realiza a través del Fideicomiso "Fondo Nacional de Desarrollo, FONADES", el cual fue constituido en el Banco El Crédito Hipotecario Nacional de Guatemala, mediante Escritura Pública número 388, autorizada por la Escribano de Cámara y de Gobierno el 29 de noviembre de 2006; reflejando este una ejecución presupuestaria y financiera elevada, por lo que esta próximo a rebasarse el techo del patrimonio fideicometido autorizado; y que, a través del Ministerio de Finanzas Públicas como ante rector, se gestionan ante diferentes organismos financieros internacionales recursos externos para financiera programas y proyectos acordes al objeto de FONADES, por lo que se hace necesario reformar el Acuerdo Gubernativo 448-2006 conforme las asignaciones presupuestarias que al efecto se efectúen.


POR TANTO:

En el ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183, literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala, y con fundamento en los artículos 27 literal j) y 35 literal r) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo y sus reformas; y, el artículo 33 del Decreto número 101-97 del Congreso de la República, Ley Orgánica del Presupuesto.


ACUERDA:

 
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