RESOLUCIÓN CNEE-47-2011
Resuelve Definir los criterios para la aplicación de lo descrito en el artículo 4 de la Resolución número CNEE-180-2005 y sus modificaciones.
RESOLUCIÓN CNEE-47-2011
Guatemala, 16 de febrero de 2011
LA COMISIÓN NACIONAL DE ENERGIA ELECTRICA
CONSIDERANDO:
Que la Ley General de Electricidad. Decreto 93-96 del Congreso de lo República, en su artículo 4 establece que corresponde a la Comisión Nacional de Energía Eléctrica, entre otras funciones, cumplir y hacer cumplir la Ley General de Electricidad y sus Reglamentos; emitir las normas técnicas relativas al subsector eléctrico y fiscalizar su cumplimiento en congruencia con prácticas internacionales aceptadas y esa misma disposición legal faculta a la Comisión para derogar, abrogar o modificar la normativa vigente.
CONSIDERANDO:
Que en cumplimiento de lo estipulado en el Acuerdo Gubernativo número 657-2005. esta Comisión con fecha veintinueve de diciembre de dos mil cinco emitió la resolución CNEE-180-2005 publicada en el Diario de Centro América el veintinueve de diciembre de dos mil cinco: resolución por medio de la cual se estableció el procedimiento y mecanismo regulatorio que define el cálculo y la asignación, por parte del Administrador del Mercado Mayorista, de los Costos Diferenciales provenientes de los Contratos Existentes a todos los Participantes Consumidores del Mercado Mayorista.
CONSIDERANDO:
Que esta Comisión con fecha uno de abril de dos mil nueve emitió la resolución CNÉÉ-54-2009 en la que se definieron los criterios de cálculo para la aplicación de la fórmula descrita en el apartado 4.1, de la resolución número CNEE-180-2005 referente al cálculo de los Costos Diferenciales de los Contratos Existentes, y derivado que es necesario tomar en cuenta el efecto conjunto de todos los Contratos Existentes que posea cada distribuidora, es necesario ampliar y redefinir tos criterios generales para la determinación de los Costos Diferenciales, provenientes de los Contratos Existentes de las Distribuidoras.
POR TANTO:
La Comisión Nacional de Energía Eléctrica, con base en lo considerado y en ejercicio de las facultades y atribuciones que le confieren la Ley General de Electricidad y sus Reglamentos.
RESUELVE:
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