ACUERDO GUBERNATIVO 420-2010
Se aprueba el Presupuesto de Ingresos del Instituto Nacional de Cooperativas, para el período comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil once.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 420-2010
Guatemala, 30 de diciembre del 2010
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República establece que el Presupuesto de Ingresos y Egresos del Estado aprobado para cada ejercicio fiscal, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible destinado exclusivamente a cubrir sus egresos;
CONSIDERANDO:
Que el Consejo Directivo del Instituto Nacional de Cooperativas -INACOP-, con base en lo que establece el artículo 41, literales b) y c) del Decreto Número 82-78 del Congreso de la República de Guatemala, Ley General de Cooperativas, emitió la Resolución No. 43-2010-CD del 14 de julio de 2010, por medio de la cual aprobó el Proyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos del Instituto Nacional de Cooperativas -INACOP- para el Ejercicio Fiscal dos mil once, con el propósito de someterlo a consideración del Organismo Ejecutivo por conducto del Ministerio de Finanzas Públicas;
CONSIDERANDO:
Que es procedente aprobar el Presupuesto mencionado, en vista que se llenaron los requisitos legales correspondientes y tomando en consideración la opinión contenida en el Dictamen Número 877 del 29 DIC. 2010, emitido por la Dirección Técnica del Presupuestos, así como la anuencia contenida en la Resolución Número 704, del 30-12-2010, del Ministerio de Finanzas Públicas;
POR TANTO:
En ejercicio de la función que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala en el artículo 183, literal e); y con fundamento en lo que preceptúa el articulo 40 del Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, así como lo que establece el artículo 24 del Acuerdo Gubernativo Número 240-98, Reglamento de la Ley Orgánica del Presupuesto;
ACUERDA:
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