ACUERDO MINISTERIAL 07-2011
Se establece las Disposiciones aplicables al Examen Organoléptico en Atún y Camarón
ACUERDO MINISTERIAL No. 07-2011
Edificio Monja Blanca: Guatemala, 10 de enero de 2011
EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y ALIMENTACIÓN
CONSIDERANDO:
Que corresponde al Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación velar por la inocuidad de los alimentos procesados para el consumo humano en todas sus fases de producción.
CONSIDERANDO:
Que es necesario establecer medidas higiénicas sanitarias para el manejo de productos hidrobiológicos en establecimientos de transformación para la producción de alimentos inocuos para el consumo humano.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones establecidas en los artículos 194 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 22, 27 y 29 de la Ley del Organismo Ejecutivo Decreto 114-97 del Congreso de la República y sus reformas; 7o. del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Acuerdo Gubernativo 338-2010; 130 inciso b) del Código de Salud, Decreto 90-97 el Congreso de la República; y el Reglamento para la Inocuidad de los Alimentos, Acuerdo Gubernativo 969-99.
ACUERDA
ESTABLECER LAS DISPOSICIONES APLICABLES AL EXAMEN ORGANOLÉPTICO EN ATÚN Y CAMARÓN
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