ACUERDO GUBERNATIVO 6-2011
Se tranfiere la propiedad sin pago, seis fracciones de terreno a favor del Fondo de Tierra, a desmembrarse de las fincas que se detallan.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 6-2011
Guatemala, 12 de enero del 2011
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que son bienes del Estado, entre otros, los de dominio público. Asimismo al Ministerio de Finanzas Públicas le corresponde, cumplir y hacer cumplir todo lo relativo al régimen jurídico hacendarlo del Estado, incluyendo el registro y control de los bienes que constituyen el patrimonio del Estado.
CONSIDERANDO
Que la Dirección de Bienes del Estado a través del expediente F-1608-2010, opinó de manera favorable sobre la desmembración de seis fracciones de terreno de las fincas rústicas inscritas en el Registro General de la Propiedad de la Zona Central bajo los números 7269, 1477, 6679 y 7150, folios 240, 85, 103 y 230 de los libros 46, 76, 42 y 45 de Jalapa-Jutiapa propiedad del Estado, que al formar fincas nuevas se transfieren en propiedad sin pago a favor del Fondo de Tierras, en virtud que las mismas están siendo ocupadas por las Colonias Asadviami y Adesmi, ubicadas en el municipio de Asunción Mita, departamento de Jutiapa en consecuencia, resulta conveniente emitir la disposición legal correspondiente.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en los artículos 35 literal m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; 2 del Decreto número 57-92 del Congreso de la República, Ley de Contrataciones del Estado y 1 del Acuerdo Gubernativo número 1056-92, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
ACUERDA
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