RESOLUCIÓN JM-109-2010
Se resuelve modificar la Resolución JM-145-2009, en donde se determinó la Política Monetaria, Cambiaria y Crediticia para 2010.
RESOLUCIÓN JM-189-2010
Insertar en el Punto Tercero a) del Acta 43-2010, correspondiente a la sesión celebrada por la Junta Monetaria el 21 de octubre de 2010.
PUNTO TERCERO a): Solicitud a la Junta Monetaria para que modifique la Política Monetaria, Cambiaria y Crediticia para 2010, para viabilizar la implementación de ajustes a los procedimientos operativos de dicha política.
RESOLUCIÓN JM-109-2010. Conocido el dictamen, conjunto número CT-15/2010 de los departamentos de Operaciones de Estabilización Monetaria y de Estudios Económicos y Asesoría jurídica del Banco de Guatemala, del veinticuatro de agosto de dos mil diez, por virtud del cual se solicita a esta Junta modificaciones a la Política Monetaria, Cambiaria y Crediticia para 2010.
LA JUNTA MONETARIA:
CONSIDERANDO: Que en resolución número JM-145-2009, del veintitrés de diciembre de dos mil nueve, determinó la Política Monetaria, Cambiaria y Crediticia para 2010, en la cual se prevé que el principal instrumento para moderar la liquides primaria de la economía lo constituye la realización de operaciones de estabilización monetaria, con la finalidad de contraer o expandir la liquidez primaria, a efecto de que incida en el comportamiento de la demanda agregada de la economía, con el propósito de contribuir al logro del objetivo fundamental del Banco Central; CONSIDERANDO: Que para fortalecer el mecanismo de transmisión de la política monetaria es importante continuar avanzando en el proceso de consolidación del Esquema de Metas Explícitas de Inflación y de modernización, desarrollo y profundización del mercado secundario de valores, para lo cual es necesario que se defina la tasa de interés líder en términos de operaciones al plazo de un día (overnight) y las operaciones de estabilización monetaria de corto plazo, realizarlas al plazo de un día; CONSIDERANDO: Que el procedimiento relacionado en el considerando anterior favorecería un manejo más eficiente de la liquidez agregada lo cual, a su vez, fortalecería la incidencia de los cambios en la tasa de interés líder sobre las decisiones financieras, dando mayor efectividad a los mecanismos de transmisión de la política monetaria,
POR TANTO:
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 132 y 133 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 3, 4, 13, 26 y 46 de la Ley Orgánica del Banco de Guatemala, así como tomando en cuenta el dictamen conjunto número CT-15/2010 de los departamentos de Operaciones de Estabilización Monetaria y de Estudios Económicos y Asesoría Jurídica del Banco de Guatemala, del veinticuatro de agosto de dos mil diez.
RESUELVE:
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