ACUERDO MINISTERIAL  191-2010

Se acuerda autorizar al Ministro de Culto JUAN FRANCISCO FLORES OSORIO, para que pueda celebrar matriomonios con efectos civiles, quedando obligado a cumplir con los requisitios que establece la ley.


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 191-2010

Guatemala, 05 de agosto del 2010

EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN

CONSIDERANDO:

Que el Ministro de Culto JUAN FRANCISCO FLORES OSORIO, solicitó a este Ministerio autorización para celebrar matrimonios con efectos civiles, habiendo cumplido con los requisitos que señala la Ley, como consta en el expediente administrativo número doscientos mil ciento sesenta y uno (200161), por lo que es procedente emitir el presente Acuerdo Ministerial.


CONSIDERANDO:

Que sobre la solicitud presentada se pronunciaron favorablemente la Dirección de Asuntos Jurídicos de este Ministerio y la Procuraduría General de la Nación. Así como que el requirente aprobó por unanimidad la prueba relacionada con la aplicación, interpretación e integración de las normas que regulan la Institución del Matrimonio en Guatemala.


POR TANTO:

Que con base en lo considerado y en lo que para el efecto establecen los artículos 49 y 194 literal f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 92 y 101 del Código Civil, Decreto Ley número 106 y sus reformas; Acuerdo Gubernativo número 263-85, Reglamento para autorizar a los Ministros de Culto debidamente Registrados para la Celebración de Matrimonios con efectos civiles, modificado por los Acuerdos Gubernativos números 409-87 y 222-89; y, 4 y 7 numeral 4 del Acuerdo Gubernativo 635-2007, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Gobernación.


ACUERDA:

 
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