ACUERDO GUBERNATIVO  265-2010

Se faculta al Ministro de Agricultura, Ganandería y Alimentación, para que en ejercicio del Mandato Especial, comparezca ante la Escribano de Cámara de Gobierno, como fiduciario del Fideicomiso destinado al programas de riego y drenaje.


ACUERDO GUBERNATIVO No. 265-2010

Guatemala, 13 de septiembre del 2010


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO:

Que constitucionalmente es obligación del Estado promover el desarrollo económico de la Nación, estimulando la iniciativa en actividades agrícolas, pecuarias, industriales y de otra naturaleza; impulsando activamente programas de desarrollo rural que tiendan a incrementar y diversificar la producción nacional, así como dotar al agricultor de ayuda técnica y económica.


CONSIDERANDO:

Que por Decreto Legislativo número 77-98, emitido el 18 de noviembre de 1998, se ordenó la constitución del fideicomiso denominado "Programa de Desarrollo integral en Áreas con Potencial de Riego y Drenaje", el cual se formalizó mediante escritura pública número 165, autorizada por la Escribano de Cámara y de Gobierno, el 5 de mayo de 1999, modificada mediante escritura pública número 753 de fecha 6 de septiembre de 2001, autorizada por la Escribano de Cámara y de Gobierno. El mismo tiene por objetivo la generación de desarrollo sostenible y sustentable, a través de las incorporación de unidades agrícolas bajo riego al proceso productivo en el área rural, potenciando las capacidades locales, para contar con agricultores autogestionarios con enfoque empresarial, fortaleciendo a la vez el proceso de seguridad alimentaría a nivel centroamericano, generando empleo, divisas al país y desarrollando áreas agrícolas, por lo que se hace necesario se modifique dicho fideicomiso, mediante la emisión de la disposición legal correspondiente.


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183, literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala;


ACUERDA:

 
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