ACUERDO  10-2010

Acuerda Reformar el Acuerdo 7-2010 de la Corte de Constitucionalidad.


ACUERDO NÚMERO 10-2010


LA CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD


CONSIDERANDO

-I-

Que de conformidad con la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, la Corte de Constitucionalidad tiene la potestad de emitir normas reglamentarias respecto de su propia organización y funcionamiento, las que deben ser promulgadas y publicadas en el Diario Oficial.


-II-

Que mediante el Acuerdo 7-2010 emitido por el Pleno de la Corte de Constitucionalidad el dos de junio de dos mil diez, y que fuera publicado en el Diario de Centro América el diez de junio del mismo año, se creó el Instituto de Justicia Constitucional, adscrito a la Corte de Constitucionalidad, habiéndose emitido en dicha oportunidad las disposiciones constitutivas del mismo.


-III-

Que el día trece de julio del año en curso, se llevó a cabo la presentación oficial a los asociados del referido Instituto, habiéndose recibido posteriormente varias notas conteniendo una serie de observaciones, entre otras, las relativas a su integración y funcionamiento, lo que hace necesario que se emitan las disposiciones pertinentes a efecto de reformar el artículo 3 literal g., relativo a los fines del Instituto, el artículo 5, literal f., relativo a sus funciones, los artículos 6, literal c. primer párrafo y 7, tercer párrafo, relativos a la calidad y requisitos de ingreso para los asociados honorarios, así como los artículos 16, tercer párrafo, relativo a la integración de la Junta Directiva y 24, relativo al Director Ejecutivo de dicho Instituto.


POR TANTO

La Corte de Constitucionalidad, con base en lo considerado y lo que establecen los artículos 268 de lo Constitución Política de la República de Guatemala; y 165 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad,


ACUERDA


Reformar el Acuerdo 7-2010 de la Corte de Constitucionalidad en los siguientes artículos:

 
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