ACUERDO 24-2010
Acuerda tener por sancionado el Decreto Número 16-2010 aprobado por el Congreso de la República el trece de abril de dos mil diez.
ACUERDO NÚMERO 24-2010
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que con fecha trece de abril de dos mil diez, el honorable Pleno del Congreso de la República, aprobó el Decreto Número 16-2010, el cual aprueba la Ley de Alianzas para el Desarrollo de Infraestructura Económica, mismo que fue remitido al Organismo Ejecutivo el veintisiete de abril de dos mil diez.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 178 de la Constitución Política de la República de Guatemala, en el segundo párrafo, establece que en caso el Congreso de la República clausurare sus sesiones antes que expire el plazo en que puede ejercitarse el veto, el Organismo Ejecutivo deberá devolver el decreto vetado dentro de los primeros ocho días del siguiente período de sesiones ordinarias.
CONSIDERANDO:
Que el once de agosto de dos mil diez, venció el plazo de ocho días para que el Organismo Ejecutivo devolviera el Decreto Número 16-2010, en caso de veto, situación que no aconteció, por lo que corresponde al Congreso de la República tener por sancionado dicho decreto y ordenar su publicación, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 178 de la Constitución Política de la República de Guatemala y 133 de la Ley Orgánica del Organismo Legislativo, Decreto Número 63-94 del Congreso de la República.
POR TANTO:
Con fundamento en el artículo 178 de la Constitución Política de la República de Guatemala y 133 del Decreto Número 63-94 del Congreso de la República, Ley Orgánica del Organismo Legislativo,
ACUERDA:
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