RESOLUCIÓN 485-2010
Resuelve autorizar a la entidad denominada LOGÍSTICA DE SERVICIOS, SOCIEDAD ANÓNIMA, para ampliar sus instalaciones como Deposito Aduanero Público.
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA No. 485-2010
Guatemala, diecisiete de mayo de dos mil diez
EL SUPERINTENDENTE DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
CONSIDERANDO:
Que compete a la Superintendencia de Administración Tributaría -SAT-, ejercer la función especifica de administrar el sistema aduanero de la República de conformidad con la ley, los convenios y tratados internacionales ratificados por Guatemala, y ejercer las funciones de control de naturaleza paratributaria o no arancelaria, vinculadas con el régimen aduanero.
CONSIDERANDO:
Que por Acuerdo No. 194-2001 de fecha 03 de diciembre de 2001, la Superintendencia de Administración Tributaria -SAT-, autorizó a la entidad denominada LOGÍSTICA DE SERVICIOS, SOCIEDAD ANÓNIMA, el establecimiento de un DEPÓSITO ADUANERO PÚBLICO ubicado en la 4ª. Calle 0-74 zona 13, Guatemala, Guatemala.
CONSIDERANDO:
Que la entidad denominada LOGÍSTICA DE SERVICIOS, SOCIEDAD ANÓNIMA, a través de Ángel Antonio Balbás Izquierdo quien actúa como Administrador Único y Representante Legal, ha solicitado autorización para ampliar sus instalaciones como Depositario Aduanero Público, la cual consiste en 3 bodegas las cuales estén ubicadas en la 4ª. Calle 0-24 zona 13, Guatemala, Guatemala, identificadas como 1, 2 y 3 con un área superficial total de 4,260.06 mt2 . además la cancelación de operaciones bajo control aduanero de la bodega número 4 para que funcione como bodega general, por lo que habiendo cumplido con los requisitos exigidos en el Código Aduanero Uniforme Centroamericano y su Reglamento, y de conformidad con la opinión favorable de la Intendencia de Aduanas, emitida en el memorándum M-SAT-IA-257-2010 así como la Opinión Jurídica número OJ-SAT-SG-26-2010 emitida por la Secretarla General, resulta procedente dictar la Resolución respectiva.
POR TANTO:
En ejercicio de las atribuciones que le otorgan los artículos 3 inciso b) y 23 inciso a) del Decreto 1-98 del Congreso de la República "Ley Orgánica de la Superintendencia de Administración Tributaria", articulo 31 del Acuerdo de Directorio 007-2007, Reglamento Interno de la SAT, con base a lo dispuesto en los artículos 19, 21, 26, 27, 99 y 100 del Código Aduanero Uniforme Centroamericano (CAUCA) aprobado por Resolución 223-2008 (COMIECO-XLIX) y 56, 58, 59, 60, 61, 107, 108, 109, 110, 111, 112, 113, 114, 115 y 116 del Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano (RECAUCA), aprobado por Resolución 224-2008 (COMIECO-XLIX), ambas emitidas por el Consejo de Ministros de Integración Económica.
RESUELVE:
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