ACUERDO  08-2010

DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS SOBRE LAS FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LOS PERITOS CONTADORES INSCRITOS ANTE LA SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA.


ACUERDO DEL DIRECTORIO NÚMERO 08-2010

El Secretario del Directorio de la Superintendencia de Administración Tributaría, CERTIFICA: Que ha tenido a la vista el Acuerdo de Directorio Número 8-2010, emitido por este Órgano Colegiado en su sesión del martes veintidós de junio del año dos mil diez, en el punto número 6, del Acta número 46-2010, el que textualmente se transcribe:


EL DIRECTORIO DE LA SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACIÓN
TRIBUTARIA


CONSIDERANDO:

Que la Ley Orgánica de la Superintendencia de Administración Tributaria, le confiere a la Superintendencia de Administración Tributaria la función de establecer normas internas que garanticen el cumplimiento de las leyes y reglamentos en materia tributaria.


CONSIDERANDO:

Que los Peritos Contadores son personas individuales inscritas como tales ante la Administración Tributaria, que prestan servicios técnicos consistentes en elaborar las operaciones contables de los sujetos pasivos tributarios y demás entes, siendo responsables por dichas operaciones así como por cualquier otra documentación que emitan, reciban, operen, registren, certifiquen y demás actuaciones que realicen; para quienes resulta conveniente, dictar las normas que desarrollen su relación con la Superintendencia de Administración Tributaria.


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 3 incisos h) y j); artículo 7 inciso e); y 59 del Decreto 1-98 del Congreso de la República, Ley Orgánica de la Superintendencia de Administración Tributaria; y artículos 14 y 16 del Acuerdo del Directorio número 007-2007, Reglamento Interno de la Superintendencia de Administración Tributaria; y, artículos 44, 45 y 46 del Acuerdo Gubernativo número 206-2004, Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta;


ACUERDA:

Emitir las siguientes:


DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS SOBRE LAS FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LOS PERITOS CONTADORES INSCRITOS ANTE LA SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA.


CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
SECCIÓN I
DEL OBJETO

 
...
Consultas:
  • Buscado: 29,410 veces.
  • Ficha Técnica: 1,829 veces.
  • Imagen Digital: 1,821 veces.
  • Texto: 1,763 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 164 veces.
  • Formato Word: 316 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu