ACTA MUNICIPAL 23-2010
Se acuerda la Ratificación y Confirmación de la Descentralización Administrativa para el Desarrollo Integral, de la Aldea Villa Real del Municipio de Tajumulco, Departamento de San Marcos.
ACTA NÚMERO 23-2010 PUNTO CUARTO
EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DEL MUNICIPIO DE TAJUMULCO DEPARTAMENTO DE SAN MARCOS
CERTIFICA: TENER A LA VISTA EL LIBRO DE ACTAS DE SESIONES ORDINARIAS DE LA CORPORACIÓN MUNICIPAL, AUTORIZADAS POR LA CONTRALORIA GENERAL DE CUENTAS, EN EL QUE SE ENCUENTRA EL ACTA NUMERO 23-2010 DEL DIECISEIS DE JUNIO DE DOS MIL DIEZ, EN EL QUE APARECE EL PUNTO CUARTO QUE COPIADO LITERALMENTE DICE. CUARTO: La Corporación Municipal CONSIDERANDO: Que de acuerdo al artículo 28 de la Constitución Política de la República, fecha de petición, los habitantes de la República de Guatemala tienen derecho a dirigir, individual o colectivamente, peticiones a la autoridad, la que está obligada a tramitarlas y deberá resolverlas conforme a la ley. CONSIDERANDO: Que se admitió para su trámite la SOLICITUD de fecha uno de diciembre de dos mil nueve (01-12-2,009) planteada por los habitantes de la Aldea Villa Real a través de los señores León López Romero y José Romero Chilel representantes comunitarios DE ALDEA VILLA REAL, CONSIDERANDO: Que se tiene el informe técnico favorable del señor Ervin Leonel Ibarra Martínez Coordinador de la Oficina Municipal de Planificación y del Perito Contador Rodemiro Ismael Flores Yoc Concejal Tercero encargado de la comisión de servicio de infraestructura ordenamiento territorial organismo y vivienda, CONSIDERANDO: que se realizaron las notificaciones correspondientes a las comunidades colindantes de la Aldea Villa Real hasta la fecha no se presentó inconformidad u oposición alguna a esta municipalidad CONSIDERANDO: Que se cumplieron con todos los requisitos establecidos en el reglamento: para conocer estudiar y resolver en cuanto a fundación creación y elevar de categoría a la fincas, parajes, caseríos, aldeas o comunidades de la jurisdicción municipal de Tajumulco, departamento de San Marcos, Que fue publicado en el Diario de Centro América, el veinticuatro de agosto de dos mil nueve, POR TANTO Con las facultades que le confiere los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de Guatemala, 3, 22 y 35 del Código Municipal (Decreto número 12-2002) del Congreso de la República de Guatemala, por Unanimidad ACUERDA:
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