ACTA 16-2010.2
Acuerda elevar las elevaciones de categoría de los lugares poblados como parte del ordenamiento territorial, para fines de servicio de la población.
ACTA No. 16-2010 PUNTO SEGUNDO
EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE SAN BARTOLOME JOCOTENANGO DEL DEPARTAMENTO DE QUICHE.
CERTIFICA: Que ha tenido a la vista el libro de acuerdos municipales que para el efecto se lleva en esta Municipalidad, en el cual aparece el acta No. 16-2010, de folios 28, 29 y 30, de fecha trece de abril del año dos mil diez, en su punto segundo que copiado literalmente dice:
Punto segundo: El Concejo Municipal del municipio de San Bartolomé Jocotenango del departamento de Quiche, República de Guatemala; CONSIDERANDO: Que el artículo 253 literal c) de la Constitución Política de la República señala como función de las Municipalidades atender el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios. CONSIDERANDO: Que el artículo 22 del Código Municipal índica que el Concejo podrá dividir el Municipio en distintas formas de ordenamiento territorial internas, observando, en todo caso, las normas de urbanismo y desarrollo urbano y rural, establecidas en el Municipio, así como los principios de desconcentración y descentralización local. CONSIDERANDO: Que el Decreto Legislativo Número 14-2002 Ley General de Descentralización y desconcentración, en su artículo 4, indica como principios orientadores del proceso y de la política de descentralización del Organismo Ejecutivo entre otras, la Autonomía de los Municipios, la eficiencia y eficacia en la prestación de los servicios públicos y la participación ciudadana. CONSIDERANDO: Que el Decreto 3-85 Ley Orgánica del Instituto Nacional de Estadística, en su artículo 27, declara de utilidad y necesidad pública, la realización de los estudios e investigaciones que, con fines estadísticos, lleve a cabo el Sistema Estadístico Nacional de conformidad con las normas de este ley y los convenios internacionales aceptados y ratificados por Guatemala. CONSIDERANDO: Que la colonización territorial registrada en los últimos años por la población residente en el Municipio de San Bartolomé Jocotenango del departamento de Quiché, hace necesario el ordenamiento territorial interno para acoplarse a las normas de urbanismo y desarrollo urbano y rural, POR TANTO: En ejercicio de las facultades para el efecto que le confieren las leyes y artículos previamente citados y parte considerativa señalada; el Concejo Municipal de San Bartolomé Jocotenango del departamento de Quiché. ACUERDA:
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