ACUERDO MINISTERIAL  58-2010

Se acuerda crear y nombrar al Comité de Salud y Seguridad Ocupacional del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, en la sede central.


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 58-2010

Guatemala, 7 de abril 2010


EL MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL


CONSIDERANDO

Que el Estado de Guatemala velará por la salud, y la asistencia social de todos los habitantes, desarrollará a través de sus instituciones, acciones de prevención, promoción, recuperación, rehabilitación, coordinación y las complementarias pertinentes a fin de procurarles el más completo bienestar físico, mental y social.


CONSIDERANDO

Que todo empleador está obligado a adoptar las precauciones necesarias para proteger eficazmente la vida, la seguridad y la salud de los trabajadores en la prestación de sus servicios, otorgándoles participación a los trabajadores para promocionar la cultura de la prevención de accidentes y riesgos laborales.


POR TANTO

Con base en lo considerado y lo que para el efecto establecen los artículos 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala, 27 literales a), f), y m) del Decreto 114-97, del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo.


ACUERDA

 
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