ACTA MUNICIPAL  26-2010.2

Reglamento para la prestación de servicios de Moto Taxis Rotativos del Municipio de Poptún, Departamento de Petén.


ACTA No. 26-2010 PUNTO SEGUNDO

El Infrascrito Secretario Municipal del municipio de Poptún, departamento de Petén, CERTIFICA: Tener a la vista el libro No. Treinta y cuatro (34) de actas de sesiones municipales; se localiza el acta No. 26-2,010; de la sesión pública ordinaria celebrada por la Corporación Municipal el día viernes nueve de abril del año dos mil diez la que en su punto segundo dice lo siguiente:

ACTA No. 26-2010; Sesión pública ordinaria celebrada por el Honorable Concejo Municipal, del municipio de Poptún, departamento de Petén, siendo las dieciocho Horas en punto del día viernes nueve de Abril del año dos mil dice, constituidos en el despacho municipal y bajo la presidencia del señor Alcalde Municipal Ángel Kilkán Ochoa, con la asistencia de los concejales del primero al quinto en su orden, 1. Carlos Antonio Hernández Castellanos; 2. Lubia Amalia Torres Reyes de Alfaro; 3. Manuel de Jesús Coyoy Queme; 4. Daniel Garrido Ruiz; y 5. Jorge Dionel Barrios Barrientos; así mismo con la presencia de los señores síndicos municipales I y II, en su orden, primero Evaristo Baudilio Colli Chan, segundo: Carlos Felipe Castellanos Obando, contándose así mismo con la presencia del señor Oscar Leonel Monroy Sagastume, Secretario Municipal quién certifica la presente para lo cual se procedió de la manera siguiente: PRIMERO: El Técnico en Producción Agrícola, Ángel Kilkán Ochoa, Alcalde Municipal. Declara Abierta la presente Sesión ordinaria,"SEGUNDO": MUNICIPALIDAD DE POPTUN, DDEPARTAMENTO DE PETEN. CONSIDERANDO Que Actualmente se encuentra circulando vehículos tipo Motobicicleta de tres ruedas comúnmente denominados MOTO-TAXIS, en el área urbana del municipio de Poptún, Petén, prestando servicio de transporte colectivo; CONSIDERANDO: Que dichos vehículos están prestando un servicio al público sin estar regulados en el reglamento de transito y que es obligación de las Municipalidades el nombrar lo relativo al tránsito y transporte de personas dentro de su jurisdicción municipal. CONSIDERANDO: Que es obligación legal del estado garantizar la vida y bienestar social y económico, así como la salud de los habitantes; por lo que la Municipalidad de Poptún, Petén, apegada a los preceptos constitucionales que nos rigen toma la determinación de cumplir con tal cometido dentro de su jurisdicción en beneficio de los intereses de sus vecinos. POR TANTO: En uso de sus facultades que le confieren los artículos 253 y 254 de la constitución política de la república de Guatemala: artículos 3, 4, 5, ó, 7, 9, 33, y 35 literal i) del código municipal. ACUERDA: Emitir el siguiente:


REGLAMENTO PARA LA PRESTACION DE SERVICIOS DE MOTO TAXIS ROTATIVOS DEL MUNICIPIO DE POPTUN, PETEN


I. DISPOSICIONES GENERALES

 
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