ACUERDO COM-06-2010
Acuerdo para el Cobro de Intereses a los Inquilinos Morosos de los Mercados Municipales del Área Metropolitana de la Ciudad de Guatemala.
ACUERDO COM-06-2010
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que corresponde a las autoridades del Municipio, ejercer el gobierno y administración de sus bienes y realizar las acciones necesarias para el fortalecimiento económico y atención de los servicios públicos, fijando para el efecto las tasas por la prestación de dichos servicios, a través de las ordenanzas y reglamentos que corresponden.
CONSIDERANDO:
Que los mercados municipales constituyen un servicio público local esencial para los vecinos, el cual es competencia propia del Municipio, debiendo prestarse con eficiencia funcional, a efecto de que el mismo sea un servicio público auto sostenible financieramente, permitiendo de esa manera no solo su desarrollo, sino mejoramiento progresivo.
CONSIDERANDO;
Que para lograr la continuidad, eficiencia e igualdad en la prestación del servicio público que se desarrolla a través de los mercados municipales, se hace indispensable introducir las modificaciones pertinentes, a la reglamentación actualmente vigente.
POR TANTO:
Con fundamento en lo considerado, leyes citadas y lo que para el efecto preceptúan los artículos 134, 180, 253, 254, 259 y 260, de la Constitución Política de la República de Guatemala; 2, 3, 6, 7, 40, 41, 52, 53, 82 y 99, del Código Municipal, contenido en el Decreto número 12-2002 del Congreso de la República y sus Reformas.
ACUERDA:
Aprobar el siguiente:
ACUERDO PARA EL COBRO DE INTERESES A LOS INQUILINOS MOROSOS DE LOS MERCADOS MUNICIPALES DEL ÁREA
METROPOLITANA DE LA CIUDAD DE GUATEMALA
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