ACUERDO MINISTERIAL  1679-2009

Acuerda aprobar el Programa de Formación de Auxiliares de Enfermería con Orientación Comunitaria.


ACUERDO MINISTERIAL No. 1679-2009

Guatemala, 29 de diciembre de 2009


EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL


CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República, establece que el goce de la salud es derecho fundamental del ser humano y todas las personas e instituciones están obligadas a velar por su conservación. Que el Código de Salud, establece que el Ministerio de Salud y las otras entidades del Sector, priorizarán el recurso humano como el factor clave para la implementación del modelo integral de atención en salud, estructurando un sistema de información que sea capaz de detectar las necesidades que en materia de formación y capacitación de recurso humano en salud, requieran las instituciones que prestan atención a la población. Y que por otro lado, la Ley de Regulación del Ejércicio de Enfermería, establece que el Ministerio de Salud, está obligado a ejercer los actos y dictar las medidas en cuanto a la formación del recurso humano requerido en los Niveles profesionales y técnicos; y finalmente el Acuerdo Gubernativo 56-2008, dispone que la formación de auxiliares de enfermería está dirigida y regulada por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, a través de la Instancia que corresponda.


CONSIDERANDO:

Que desde hace algún tiempo, se tiene la necesidad de contar con auxiliares de enfermería para atender a la población que integra las diferentes comunidades de la República de Guatemala, el Ministerio de salud Pública y Asistencia Social, a través del Viceministerio de Hospitales, ha elaborado y estructurado un programa de formación de auxiliares de enfermería con orientación comunitaria, para contar con recurso humano altamente calificado para que brinden servicios de salud de manera eficiente, con sensibilidad social, e identificado con las necesidades de la comunidad, en tal virtud, a efecto de aprobar dicho programa de formación, se hace necesario emitir la presente disposición.


POR TANTO,

En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 194 literal a) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 literal m) de la Ley del Organismo Ejecutivo.


ACUERDA:


APROBAR EL PROGRAMA DE FORMACION DE AUXILIARES DE ENFERMERIA CON ORIENTACION COMUNITARIA.

 
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