ACUERDO MINISTERIAL 403-2009
Se acuerda LA CREACIÓN DE LA UNIDAD ESPECIAL DE EJECUCIÓN, denominada célula Nacional Coordinadora del Programa Euro Solar.
ACUERDO MINISTERIAL No. 403-2009
Guatemala, 25 de noviembre de 2,009
EL MINISTRO DE ENERGÍA Y MINAS
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República de Guatemala, en el artículo 129, declara de urgencia nacional la electrificación del país, con base en planes formulados por el Estado y las municipalidades, en la cual podrá participar la iniciativa privada; y, que es función del Ministerio de Energía y Minas, fomentar el uso de fuentes nuevas y renovables de energía, promover su aprovechamiento racional y estimular el desarrollo y aprovechamiento racional de la energía en sus diferentes formas y tipos, para lograr la autosuficiencia energética del país.
CONSIDERANDO:
Que el 12 de diciembre 2002, fue publicado en el Diario de Centro América, el Instrumento de Ratificación del Convenio Relativo a la Ejecución de la Ayuda Financiera y Técnica de la Cooperación Económica en Guatemala en virtud del Reglamento "ALA" firmado en la Ciudad de Guatemala el 18 de junio de 1999 y modificado mediante Nota Ref. No. CFC/HG/ac/446/00 de fecha 8 de mayo, suscrita por el Consejero Presidente de la Delegación de la Comisión Europea y el Ministro de Relaciones Exteriores de la República de Guatemala. En el marco de dicho instrumento el 21 de diciembre de 2006, la Comunidad Europea y las Repúblicas de Bolivia, Ecuador, el Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Paraguay, y Perú, suscribieron el Convenio de Financiación No. ALA/2006/017-223, por un importe de veintitrés millones ciento diecinueve mil quinientos setenta Euros, destinados a apoyar el "Programa Euro-Solar", de los cuales le corresponde a la República de Guatemala, una asignación de cuatro millones cuatrocientos treinta y seis mil doscientos cincuenta Euros, convenio que fue aprobado por el Acuerdo Gubernativo 127-2008, de fecha 25 de abril de 2008.
CONSIDERANDO:
Que la ejecución del "Programa Euro-Solar", lo coordinará el Ministerio de Energía y Minas, con apoyo del Ministerio de Educación y Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social; el cual tiene por objeto promover las energías renovables y permitir a las poblaciones rurales de Guatemala el acceso a energía/generada a través del sol para uso comunitario, con impacto educativo para la inclusión de la tecnología en los procesos de enseñanza aprendizaje, salud y comunicación.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 22, 25 y 27 de la Ley del Organismo Ejecutivo, y 4 del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Energía y Minas.
ACUERDA:
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