ACUERDO GUBERNATIVO 323-2009
Se acuerda declarar de interés nacional, las contrataciones y adquisiciones que sean para la Adquisición de Servicios de Impresión Embalaje y Distribución de Textos Escolares para Docentes de Escuelas Oficiales del Nivel Primario.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 323-2009
Guatemala, 1 de diciembre de 2009
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República establece en los artículos 71 y 72 que, es obligación fundamental del Estado proporcionar y facilitar educación a sus habitantes sin discriminación alguna; y que la educación tiene como fin primordial el desarrollo integral de la persona humana, el conocimiento de la realidad y cultura nacional y universal.
CONSIDERANDO:
Que mediante el Contrato de Préstamo No. 2018/OC-GU suscrito entre la República de Guatemala y el Banco Interamericano de Desarrollo -BID-, el cual fue aprobado mediante el Decreto No. 4-2009 del Congreso de la República con fecha 3 de febrero de 2009, el Banco Interamericano de Desarrollo -BID-, otorgó financiamiento para apoyar la ejecución del Programa Mi Escuela Progresa, y se propone utilizar parte de los fondos de este financiamiento para efectuar los pagos derivados de los servicios a que se refiere este Acuerdo.
CONSIDERANDO:
Que para cumplir con el mandato constitucional anteriormente indicado, y que el artículo 44, numeral 1, subnumeral 1.3. del Decreto 57-92 del Congreso de la República, Ley de Contrataciones del Estado, faculta al Presidente de la República para que en Consejo de Ministros resuelva situaciones de interés nacional o beneficio social, se hace necesario declarar de interés nacional las contrataciones y adquisiciones que sean necesarias para la adquisición de servicios de impresión y distribución de textos de comunicación y lenguaje y de matemáticas para niños y niñas de primero a sexto grados del nivel primario; que son necesarias para tales fines.
CONSIDERANDO:
Que para las contrataciones y adquisiciones de los bienes y servicios indicados en el considerando anterior, el Estado dispone de los recursos provenientes directamente del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, y que se han obtenido los dictámenes que establece el artículo 16 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Acuerdo Gubernativo Número 1056-92, los cuales son favorables, por lo que procede emitir la disposición legal correspondiente.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literal a), e), m), 194 literal g) y 195 de la Constitución Política de la República de Guatemala y lo previsto en los artículos 27 literal j) y 33 literales c) y g) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; y con fundamento en los artículos 44, numeral 1, subnumeral 1.3. del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República, Ley de Contrataciones del Estado, y 18 de su Reglamento, Acuerdo Gubernativo Número 1056-92, de fecha 22 de diciembre de 1992.
EN CONSEJO DE MINISTROS
ACUERDA:
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