ACUERDO MINISTERIAL  72-2009 A

Se acuerda reformar el artículo 1 del Acuerdo Ministerial número 30-2009.

*Derogado por el artículo 10 del Acuerdo Ministerial 92-2010 "A" del Ministro de Finanzas Públicas de fecha 30-11-2010.


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 72-2009 "A"

Guatemala, 23 de octubre de 2009


EL MINISTERIO DE FINANZAS PÚBLICAS


CONSIDERANDO:

Que por medio del artículo 1., del Acuerdo Ministerial numero 30-2009, se reformó el segundo párrafo del Artículo 7 del Acuerdo Ministerial número 124-2008, que establece que la incorporación de contratos de infraestructura y supervisión en el Módulo de Gestión de Contratos en el Sistema de Gestión -SIGES- debía realizarse a más tardar el 30 de junio de 2009.


CONSIDERANDO:

Que en las Unidades Ejecutoras de Proyectos de Inversión existen contratos de años anteriores al presente ejercicio fiscal, pendientes de ser incorporados en el referido Módulo, información que es indispensable para el pago de las estimaciones del avance de las obras que se encuentran en proceso de construcción, por lo que es necesario modificar lo estipulado en el Acuerdo Ministerial número 30-2009, relativo al plazo para incorporar contratos de años previos.


POR TANTO:

Con fundamento en lo que establecen los Artículos 23 y 27 inciso m) del Decreto Numero 114-97 del Congreso de la República, "Ley del Organismo Ejecutivo", el Artículo 80 del Decreto Número 101-97 del Congreso de la República, "Ley Orgánica del Presupuesto" y el Artículo 8 del Acuerdo Gubernativo Número 240-98, "Reglamento de la Ley Orgánica del Presupuesto",


ACUERDA:

 
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