ACUERDO MINISTERIAL 30-2009
Acuerda reformar el segundo párrafo del artículo 7, del Acuerdo Ministeral número 124-2008.
*Derogado por el artículo 10 del Acuerdo Ministerial 92-2010 "A" del Ministro de Finanzas Públicas de fecha 30-11-2010.
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 30-2009
Guatemala, 31 de marzo de 2009
EL VICEMINISTRO DE FINANZAS PUBLICAS ENCARGADO
DEL DESPACHO
CONSIDERANDO:
Que el Acuerdo Ministerial número 124-2008 contempla en su Artículo 7. que los contratos suscritos con anterioridad a la vigencia del mismo, deberán ser ingresados a más tardar el 31 de marzo de 2009 en el Módulo de Gestión de Contratos en el Sistema de Gestión -SIGES-.
CONSIDERANDO:
Que en las Unidades Ejecutoras de Proyectos de Inversión existen contratos de anos anteriores pendientes de incorporar en el Módulo de Gestión de Contratos en el Sistema de Gestión -SIGES- y los mismos son importantes para concluir las obras que se encuentran en proceso de construcción.
POR TANTO:
Con fundamento en lo que establecen los Artículos 23 y 27 inciso l) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, "Ley del Organismo Ejecutivo", el Artículo 80, del Decreto Número 101-97 del Congreso de la República, "Ley Orgánica del Presupuesto" y el Artículo 8 del Acuerdo Gubernativo Número 240-98, "Reglamento de la Ley Orgánica del Presupuesto",
ACUERDA:
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