ACUERDO MINISTERIAL  520-2009

Se acuerda reconocer la personalidad jurídica y aprobar las bases constitutivas de la Iglesia denominada IGLESIA EVANGÉLICA PENTECOSTÉS REY DE CONSUELO.


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 520-2009

Guatemala, 25 de septiembre de 2009


EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN


CONSIDERANDO:

Que el Presidente de la Junta Directiva Provisional y Representante Legal de la Iglesia denominada IGLESIA EVANGÉLICA PENTECOSTÉS REY DE CONSUELO, con sede en el Municipio de San Mateo, Departamento de Quetzaltenango, se presentó a este Ministerio solicitando el reconocimiento de la personalidad jurídica y aprobación de las bases constitutivas.


CONSIDERANDO:

Que el ejercicio de todas las religiones en el país es libre sin mas límites que el orden publico y el respeto debido a la dignidad de la jerarquía y a los fieles de otros credos como lo establece la Constitución Política de la República de Guatemala; y, siendo que, el interesado cumplió con los requisitos que la ley exige para el reconocimiento respectivo, es procedente dictar el Acuerdo Ministerial correspondiente.


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confieren los artículo 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 literal m) y 36 literal b) de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto Número 114-97 del Congreso de la Republica de Guatemala y con fundamento en el artículo 15 numeral 1º del Código Civil, Decreto Ley numero 106.


ACUERDA:

 
...
Consultas:
  • Buscado: 4,945 veces.
  • Ficha Técnica: 4 veces.
  • Imagen Digital: 4 veces.
  • Texto: 3 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 0 veces.
  • Formato Word: 2 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu