RESOLUCIÓN DGT-04-2009
Acuerda la Reforma Parcial de los artículos 10, 23 y agregar los artículos 33 Bis, 33 Ter, 33 Quáter, y 33 Quinquies, de los estatutos del SINDICATO DE TRABAJADORES ADMINISTRATIVOS DEL REGISTRO GENERAL DE LA PORPIEDAD DE LA ZONA CENTRAL.
DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO, MINISTERIO DE TRABAJO. Guatemala dieciséis de Julio de dos mil nueve.
Resolución No. DGT-REFORMA PARCIAL. 04-2009
SJCA/ader.
Se tiene a la vista para resolver la solicitud de aprobación de la Reforma Parcial a los estatutos del SINDICATO DE TRABAJADORES ADMINISTRATIVOS DEL REGISTRO GENERAL DE LA PROPIEDAD DE LA ZONA CENTRAL "STARP" cuya documentación fue presentada a la Dirección General de Trabajo el día siete de julio de dos mil nueve. Los interesados señalaron lugar para recibir notificaciones en: Novena Avenida catorce guión veinticinco Zona uno de esta Ciudad Capital. (9ª AV. 14-25 Zona 1). Registro General de la Propiedad. A la solicitud acompañaron original y copia de la certificación de acta de asamblea General Extraordinaria.
CONSIDERANDO
Que el Organismo Ejecutivo, por conducto del Ministerio de Trabajo y Previsión Social debe trazar y llevar a la práctica una política nacional de defensa y desarrollo del sindicalismo, debiendo para el efecto tomar las medidas apropiadas para proteger el libre ejercicio del derecho de sindicalización, de conformidad con la Constitución Política de la República los Tratados y Convenios Internacionales de Trabajo ratificados por Guatemala, el Código de Trabajo, sus reglamentos y demás leyes de Trabajo y Previsión Social.
CONSIDERANDO
Que el artículo 218 del Código de Trabajo otorga competencia a la Dirección General de Trabajo para la aprobación de los estatutos de las organizaciones sindicales siempre que en la redacción de los mismos se haya observado la legalidad respectiva, facultad que se hace extensiva a las reformas de dicha normativa estatutaria ya que su ejecución modifica la aprobación original.
CONSIDERANDO
Que en el presente caso las reformas introducirlas a los estatutos del SINDICATO DE TRABAJADORES ADMINISTRATIVOS DEL REGISTRO GENERAL DE LA PROPIEDAD DE LA ZONA CENTRAL "STARP", no contravienen ninguna normatividad legal y en su redacción se observo la legalidad respectiva por lo que es procedente su aprobación debiéndose realizar la inscripción respectiva en el Registro Público de Sindicatos y Publicarse esta resolución en el Diario Oficial para los efectos legales que correspondan.
POR TANTO
Esta Dirección General de Trabajo, con base en lo considerado y en ejercicio de las funciones que le confiere el artículo citado y con fundamento en lo que disponen los Artículos 28 y 102 literal q) de la Constitución Política de la República de Guatemala 2, 3, 7 y 8 del Convenio Internacional de Trabajo número 87, 206, 211, 219, 221, 222, literales c) y m) y 225 literal f) del Código de Trabajo.
RESUELVE
- Buscado: 1,107 veces.
- Ficha Técnica: 7 veces.
- Imagen Digital: 7 veces.
- Texto: 4 veces.
- Formato PDF: 0 veces.
- Formato Word: 2 veces.