ACTA  29-2009.2

Acuerda aprobar las elevaciones de categoría de los lugares poblados, como ordenamiento territorial del Municipio de San Miguel Siquila, del departamento de Quetzaltenango.


ACTA NÚMERO 29-2009 PUNTO SEGUNDO

El Infrascrito Secretario Municipal del Municipio de San Miguel Sigüilá del departamento de Quetzaltenango certifica: Que ha tenido a la vista el libro de acuerdos municipales que para el efecto se lleva en esta Municipalidad, en el cual aparece el acta No. 29-2009 de fecha veintidós de julio del año dos mil nueve, en su punto Segundo que copiado literalmente dice:

Punto Segundo: El Concejo Municipal del municipio da San Miguel Sigüilá del departamento de Quetzaltenango República de Guatemala; CONSIDERANDO: Que el artículo 253 literal c) de la Constitución Política de la República señala como función de las Municipalidades atender el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios. CONSIDERANDO: Que el artículo 22 del Código Municipal indica que el Concejo podrá dividir el Municipio en distintas formas de ordenamiento territorial internas, observando, en todo caso, las normas de urbanismo y desarrollo urbano y rural, establecidas en el Municipio, así como los principios de desconcentración y descentralización local. CONSIDERANDO: Que el Decreto Legislativo Número 14-2002 Ley General de Descentralización y Desconcentración, en su artículo 4, indica como principios orientadores del proceso y de la política de descentralización del Organismo Ejecutivo entre otras, la Autonomía de los Municipios, la eficiencia y eficacia en la prestación de los servicios públicos y la participación ciudadana. CONSIDERANDO: Que el Decreto 3-85 Ley Orgánica del Instituto Nacional de Estadística, en su artículo 27, declara de utilidad y necesidad pública, la realización de los estudios e investigaciones que, con fines estadísticos, lleve a cabo el Sistema Estadístico Nacional de conformidad con las normas de esta ley y los convenios internacionales aceptados y ratificados por Guatemala. CONSIDERANDO: Que la colonización territorial registrada en los últimos años por la población residente en el Municipio de San Miguel Sigüilá del departamento de Quetzaltenango, hace necesario el ordenamiento territorial interno para acoplarse a las normas de urbanismo y desarrollo urbano y rural. POR TANTO: En ejercicio de las facultades para el efecto que le confieren las leyes y artículos previamente citados y parte considerativa señalada; el Concejo Municipal de San Miguel Sigüilá del departamento de Quetzaltenango. ACUERDA:

 
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