ACUERDO MINISTERIAL 676-2009
Se acuerda establecer las delegaciones regionales, así como sus funciones y las de las delegaciones departamentales, del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales.
*Derogado Por el Acuerdo 309-2017 de fecha 13 de octubre de 2017.
ACUERDO MINISTERIAL No. 676-2009
Guatemala, 19 de junio de 2009
EL MINISTRO DE AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece dentro de las funciones de los Ministros de Estado, la de ejercer la jurisdicción sobre todas las dependencias de su Ministerio, así como nombrar y remover a los funcionarios o empleados públicos de su ramo, a fin de mantener la eficacia en el empleo de los mismos.
CONSIDERANDO:
Que corresponde al Ministro de Ambiente y Recursos Naturales, crear las unidades y dependencias administrativas, normar los procedimientos que permitan administrar los recursos financieros, humanos y físicos en todo el territorio nacional a través de las delegaciones regionales y departamentales.
CONSIDERANDO:
El Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, permite al Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales el establecimiento de delegaciones regionales, departamentales y municipales, por medio de un acuerdo ministerial, el cual deberá establecer la competencia territorial y funcional de cada una.
CONSIDERANDO:
Que es urgente el fortalecimiento de las delegaciones regionales y departamentales, para hacer efectivo el trabajo del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, que haga posible la promoción, educación, capacitación, prevención, seguimiento y control ambiental.
POR TANTO:
En el ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194 inciso a), b) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 inciso a), d), f) y m) de la Ley del Organismo Ejecutivo; y 5 inciso e) y 25, del Acuerdo Gubernativo 186-2001, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales.
ACUERDA:
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
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